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PANÓPTICO

El panóptico
José Antonio Marina

Ya he comentado dos de esos conceptos básicos: el “patriotismo dual” (Panóptico 32) y el “hecho diferencial” (Panóptico 34). Hoy hablaré del “derecho a decidir”, tema muy atractivo para un historiador de los conceptos. Tal derecho no está recogido en ninguna legislación internacional, ni ha sido esgrimido en ningún movimiento de independencia.

En España aparece en 2003 en el Plan Ibarretxe y en 2005 en la Plataforma pel Dret de Decidir, que tuvo un protagonismo importante en la política catalana, como ha estudiado Ricard Vilaregut, en su tesis doctoral “Memória i emergència en l’independentisme català. El cas de la Plataforme pel Dret de Decidir”. Al autor le interesa investigar su importancia como movimiento social, por lo que no estudia en profundidad las complejidades del concepto. Esto lo hace, a mi juicio, Jaume López, en El derecho a decidir. La vía catalana (Txalaparta 2017).

El “derecho a decidir” ha sido duramente criticado porque se ha considerado un invento de los nacionalistas para no decir “derecho a la autodeterminación o a la independencia”. El derecho a decidir “enmascara lo que en el mundo del derecho internacional se denomina derecho a la autodeterminación de los pueblos” (Francesc de Carreras). “El proclamado derecho a decidir es un invento autóctono que no existe en derecho internacional. Existe el derecho a la autodeterminación, sí, pero en nuestra democracia no estamos en el caso de la liberación de un país colonizado ni oprimido por otro”.( Juan Sisinio Pérez). “El derecho a decidir unilateralmente es ya la independencia misma y por lo tanto la dimisión del estado existente”. (Fernando Savater).

Derecho a decidir Articulo 1

Desde el Panóptico, el éxito que tuvo la apelación al “derecho a decidir” y la paradójica ausencia de ese derecho en el campo jurídico tienen una explicación sencilla. El “derecho a decidir” no aparece porque no hace falta mencionarlo. Está presente en todas las libertades protegidas por los derechos. Hay un derecho a decidir políticamente a través el voto, hay un derecho a decidir sobre el domicilio, las reuniones o los viajes, hay un derecho a decidir sobre las propias creencias, hay un derecho a decidir sobre con quien me caso. El “derecho a decidir” es la esencia de la libertad. Ningún amante de la libertad –y, por lo tanto, ningún demócrata- puede negar ese derecho. Eso lo hace tan atractivo y movilizador. Por eso me extraña que solo el 80% de los catalanes -según dicen- apoye el derecho a decidir. Lo que me parece alarmante es que no lo quieran todos. El éxito del concepto se debió, pues, a que no solo podían aceptarlo los independentistas, sino también los no independentistas. Los que querían un referéndum y los que no querían un referéndum.
Lo más interesante para mí de la vía catalana al “derecho a decidir” es que no lo fundan en la idea de nación, sino en la idea de democracia. La idea de “nación” es demasiado equívoca para aunar sensibilidades distintas.

En cambio, mejorar la democracia, profundizarla, radicalizarla es un proyecto que puede convencer a mucha gente, no solo no independentista, sino ni siquiera catalana. Podía presentarse como una situación parecida a la que se vivió en Cataluña durante la guerra de Secesión. La llegada de Felipe V había eliminado los fueros en el resto de España. Cataluña se consideraba el último bastión frente al absolutismo. Como señaló Fontana, los líderes catalanes declararon repetidamente que luchaban “por la libertad de todos los españoles” y recordó a Azaña cuando dijo:” El último Estado peninsular procedente de la antigua monarquía católica que sucumbió al peso de la corona despótica y absolutista fue Cataluña; y el defensor de las libertades catalanas pudo decir con razón que él era el último defensor de las libertades españolas”.

Dercho a decidir Articulo2

El “derecho a decidir” era una manera distinta de pensar en la autodeterminación.

Los defensores del “derecho a decidir” podían decir lo mismo: estaban luchando por la profundización de la democracia, y eso beneficiaba a todos los españoles. Pero para ello debían desligar el “derecho a decidir” del derecho a la autonomía o a la independencia. Y esta separación era difícil de mantener en el terreno práctico. Jordi Muñoz, en una ponencia presentada al Tercer Congreso de cultura catalana en 2005, titulada “De la autodeterminació al Dret de decidir”, señalaba: “la autodeterminación no es solo un concepto complejo, sino que ha de ser interpretado de manera muy diversa en función del contexto histórico y, sobre todo, del interés de los actores que en cada momento tengan una potestad interpretativa real”.

El “derecho a decidir” era una manera distinta de pensar en la autodeterminación. Conscientes de que la interpretación comúnmente aceptada reserva el “derecho de autodeterminación” sólo a los países colonizados y que Cataluña no estaba incluido entre los que la ONU considera tal, era mejor ampliar el campo reivindicativo. Fue difícil mantenerse en el puro principio democrático. La primera gran manifestación organizada por la Plataforma se convocó bajo el lema “Somos una nación. Tenemos derecho a decidir”. Pero ese lema sufrió pocos años después una alteración significativa: “Somos una nación. Queremos un Estado propio”. Este cambio suponía un olvido de la utilización original.  Suponía también el declive de la Plataforma, que perdió gran parte de su poder de movilización.

Considerar el “derecho a decidir” como la esencia de la democracia, lo hace imbatible, e inútil a la vez por su vaguedad. Es obvio que no se puede decidir, sobre todo, por ejemplo, sobre la órbita de los planetas. Tampoco se puede elegir la nacionalidad. Pero desde el Panóptico se ve con nitidez que la lucha por la democracia ha sido siempre una lucha por abrir campos de decisión al ciudadano. En el corazón de la ley “trans”, por ejemplo, está la posibilidad de decidir sobre el propio género, cosa impensable hace muy poco tiempo. El “derecho a decidir” no significa nada si no se especifica el contenido de la decisión. Y aquí aparece de nuevo la cuestión crucial: ¿se debe ampliar el campo de decisión de los ciudadanos para incluir la independencia? La apelación del “derecho a decidir” no resolvía nada. Tan sólo permitía plantear con más precisión el “derecho a la autonomía”. Ya tendremos ocasión de explicarlo.

Únete 12 Comments

  • Panoptiquero dice:

    El derecho a decidir es la esencia de la libertad, sin derecho a decidir la libertad queda mutilada e incluso tocada y hundida. Buen comentario sobre dicho derecho Fundamental sin lugar a dudas.

    • jose+antonio+marina dice:

      Gracias. Pero no olvide que el mero enunciado abstracto de ese derecho deja sin definir los campos de decisión, que no son absolutos, como tampoco lo es la libertad.
      Aprovecho para comentar que solo he hablado de la «decisión política» y de la «libertad política». Pero he dedicado mucho tiempo a estudiar la «libertad psicológica» y la «capacidad psicológica de decidir.». Son temas fundamentales, pero que no cabían en este Panoptico.
      PD. Me ha hecho gracia lo del panoptiquero.

  • Cgm dice:

    El derecho a elegir creo que debe tenerse siempre. Y no comprendo por qué los gobiernos de este país, aunque fuera sólo por la curiosidad de saber lo que piesan una parte de los ciudanos a los que gobiernan, no han dejado elegir. Otra cuestión es si lo elegido es viable juridica o legislativamente, o con las normas que haya, pero -en mi opinión- eso un tema a abordar después de SABER.

    • jose+antonio+marina dice:

      El artículo trata del «derecho a decidir». Es nuclear en toda libertad política, pero no fija los dominios de la elección, porque su alcance y sus limites tienen que ser definidos por otros derechos. Yo, sin duda, tengo «derecho a decidir», pero no a decidir si mato o violo a una persona o no. Usted para del «derecho a elegir» a un tipo de elección especial que el gobierno ha prohibido, supongo que es la de poder votar en un referendum «para saber» lo que los ciudadanos quieren. Como esto es todavía muy amplio, sobreentiendo que usted se refiere a saber lo que los ciudadanos catalanes quieren no respecto a los transportes, el cambio climatico, o el contrato de Messi,
      sino respecto a la independencia. Hago toda esta relacion para indicarle que son derechos disintos. El «derecho a decidir» es esencial pero impreciso. De él no se pueden deducir los campos de aplicación. El «derecho a la independencia» necesita un fundamento diferente al mero «derecho a decidir». Y es lo que seguiré analizando en siguientes articulos. Por lo que se refiere a la realización de un referendum consultivo no vinculante, como el realizado en Quebec, me parece conveniente. Reflexionar sobre si hay tambien un «derecho a la autodeterminacion» y en qué se basa es el objetivo de esta serie. Los Panópticos estan dedicados a aclarar ideas que con frecuencia se mezclan (y sobre todo a ACLARARMELAS).

  • Paloma835 dice:

    Muy interesante y cabal, como es costumbre, profesor.
    Precisar, sin restar un ápice al fondo de la cuestión y al sentido de lo que refiere, que Felipe V no abole los fueros de vascos y navarros, a pesar del absolutismo borbónico, porque estos fueron firmes aliados de Felipe V. Lo que ahí se estaba dirimiendo, también, era quién iba a tutelar a las Españas (Castilla, Aragón y Navarra). Si la austro-alemana dinastía extranjera Habsburgo, como había venido ocurriendo desde Carlos V, o la dinastía Borbón francesa, igualmente extranjera, cómo sería a partir de la Guerra de Sucesión hasta la Guerra de la Independencia contra los invasores franceses, momento en el que surge la idea de nación española a iniciativa de la liberal Constitución de Cádiz, que viene para quedarse hasta nuestro días, sustentada sobre la base del Estado español previamente constituido en el siglo XVIII de factura borbónica.
    Un cordial saludo

  • Puede empezar dice:

    En efecto, los decretos de Nueva Planta respetaron los fueros de Navarra y del Señorio de Vizcata, Alava y Guipuzcoa, por haberse mantenido fieles a la causa borbónica. Hasta Felipe V los reinos españoles se unían «in persona regis» y solo el centralismo estatal que el Conde duque de Olivares quiso conseguir sin éxito pero que Felipe V impuso, hizo posible el concepto de «nación» española que, por el rocambolesco significado de esta noción, primero significo una defensa contra la monarquia absoluta. Creo que fue Arguelles quien despues de votarse la constitucion de 1812, grito: !Españoles, ya tenemos patria!. Supongo que conocerá la estupenda narración que del concepto de nacion española hace Alvarez Junco en su libro Mater dolorosa.
    Como siempre, muchas gracias por sus comentarios.

    • Paloma835 dice:

      “Vivan las cadenas y muera la nación”, el grito popular que pide la restauración de Fernando VII en oposición a la liberal Constitución de Cádiz.
      «España y yo somos así».

      • Puede empezar dice:

        Por si no la conoce, le cuento una anécdota que si non vero e ben trovato.
        Según la revista masónica La Piedra Tosca, habrían sido oportunistas masones bullangueros, liderados por José Manuel del Regato y otros, quienes llevaron a cabo dos llamativas acciones:En 1822 existían en España escasamente unos cien masones regulares; en cambio de los bullangueros fabricados por Regato y Compañía se contaban hasta 120.000. Estos insultaban a cualquier hora de día y de noche; estaban dispuestos a escandalizar en los conventos, iglesias y otros puntos cantando el trágala, etc., etc., y una tarde, al pasar Fernando VII a la Salve que de antiguo se viene cantando en Atocha, desde el café de la Carrera de San Jerónimo (la Fontana de Oro) le arrojaron tronchos de berza. El Rey se hizo el desentendido. Llegó el 1823, y Fernando VII recobró su poder absoluto; aquellos de la bullanga ingresaron en la policía, la Santa Hermandad, y fueron los delatores de los verdaderos masones. Regato preparó con sus masones una ovación al Rey, y al pasar por la Puerta del Sol salieron gritando «¡que vivan las caenas y muera la Nación!» y cortando los tirantes al coche tiraron ellos a guisa de caballerías , y así lo llevaron en triunfo al Santuario de Atocha. Cuando el Rey Fernando llegó a Palacio, uno de los cortesanos le preguntó: «¿Qué le ha parecido a vuestra Majestad la ovación?» Y él, con su característica socarronería, le dijo: «Los de esta tarde son aquellos del troncho; es decir, los mismos perros con distintos collares»
        De la anécdota, lo mas interesante es el grito de ¡Que vivan las caenas y muera la nación!

  • Maravilloso artículo. Gracias por sus aportaciones Don José Antonio. ¿No cree usted que sería bueno haber hablado primero sobre la capacidad psicológica para decidir? Después de todo ahí en en donde se origina esto. Reciba un cálido saludo desde Orizaba, en el estado de Veracruz, en México.

  • Eberardo Sánchez López dice:

    Gracias por el sincero artículo, a cambio dejo un link donde una Iniciativa Ciudadana Europea ha propuesto examinar método y forma (proyecto) para crear y trasladar el derecho de decisión a funciones públicas. Habiendo sido rechazada la propuesta sin verse el proyecto por la Comisión Europea, cuyo valores y objetivos son compartidos por la inmensa mayoría de marcos constitucionales de la naciones que constituyen la Unión Europea y que por supuesto, entienden el valor y objetivo de alcanzar el derecho de decisión en modo funcional público como un útil básico y necesario para la cohesión entre ciudadanos y naciones.
    Espero que sea de interés investigador y de desarrollo, como hecho de la calidad democrática institucional.
    https://facebook.com/groups/2524509690992254

  • Ricardo Fdz. dice:

    Buenos días. Me he enganchado recientemente a su blog, me resulta refrescante y esclarecedor la mayoría de las veces. Sin embargo, ¿no le parece poco ingenuo llamar democracia a un sistema cuya constitución no articula la separación de poderes? ¿se puede hablar de democracia cuando el gobierno de puede decretar leyes inconstitucionales sin consecuencias jurídicas para los responsables? ¿es compatible la democracia con un sistema en el que no existe ningún órgano que controle y limite el poder político? ¿es correcto llamarlo democracia si no hay representación real en las cámaras porque lo que votas son listas cerradas, y predeterminadas por el jefe de partido, cuyos componentes están sujetos a la disciplina de voto? ¿no le parece una definición más justa partitocracia oligárquica?.
    Muchas gracias por su excelente trabajo de divulgación.

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