Skip to main content
Artículos en prensa

Espacio de materiales de contrucción donde encontrarás los artículos de prensa de José Antonio Marina.

Mas contenidos: Blog , Podcast, YouTube

Imprimir

Políticos contra jueces

Estos HOLOGRAMAS son un ensayo de PERIODISMO EXPANSIVO. Conocer lo que ocurre es fácil, comprenderlo es complejo. Cada lector debe poder elegir el nivel de comprensión en que quiere moverse. Propongo tres niveles: uno, reducido, en formato papel. Otro más amplio, en formato digital, que, a su vez, remite a una RED DE COMPRENSIÓN sistemática, necesaria por la inevitable conexión de los asuntos. Tal vez sea un proyecto megalómano, pero creo que vale la pena intentarlo. El artículo inicial de este holograma se publicó en el suplemento Crónica de EL MUNDO el día 12 de enero de 2020.


Políticos contra jueces.- En el debate de investidura se ha repetido, como si fuera evidente, una afirmación  muy confusa. Hay que desjudicializar la política. ¿Qué significa? ¿Es verdad? Judicializar es llevar a los tribunales asuntos que se pueden resolver mediante la negociación, la mediación o el arbitraje. Estos procedimientos no excluyen la ley, porque deben hacerse dentro de ella. Si no funcionan, la ley, aplicada por los jueces, tiene que resolver las diferencias. Quienes usan la palabra “judicialización” como si fuera un insulto, deberían recordar la “función política de la justicia”. Una de las principales prerrogativas políticas es la legislativa. Los jueces se limitan a aplicar la ley. Los sistemas dictatoriales usan las leyes para oprimir. Los sistemas democráticos, para proteger los derechos ciudadanos. La judicialización dictatorial es mala, la democrática puede ser buena. Sería fantástico que los conflictos de intereses se resolvieran amistosamente, que los matrimonios se separaran cordialmente, pero conviene que puedan apelar a la ley si esto no sucede. ¿Es eso judicializar la vida íntima? Los jueces no deben interferir en el mundo económico, pero son necesarias leyes que regulen el cumplimiento de los contratos. ¿Supone esto judicializar la economía? También es confusa la idea de política implícita en esta cuestión.


HOLOGRAMA 34


A Usbek – ya saben, el extraterrestre que intenta comprender los extraños comportamientos humanos- le han intrigado dos expresiones que escuchó en el debate de investidura: “Hay que desjudicializar la política” y “La democracia está por encima de la ley”. Lo que le ha provocado perplejidad es que no podía decir que fueran falsas, pero tampoco que fueran verdaderas. Eran hologramas. Una característica de los hologramas es que son “conceptos vividos”, no conceptos lógicos. Pueden integrar contradicciones, porque los humanos con demasiada frecuencia intentamos vivir en la contradicción, sin darnos a veces cuenta. Esta característica impide a los hologramas ser verdaderos o falsos. Lo que puede ser verdadera o falsa es la descripción que hacemos de su contenido.

Usbek piensa que con ideas equívocas solo pueden hacerse políticas poco fiables, por lo que va a analizar el significado de la desjudicializacion política.

El papel de los jueces se ha ido perfilando a través de la historia. Nadie duda de su necesidad, pero con frecuencia se desconfía de la maquinaria judicial. “Tengas pleitos y los ganes”, dice un refrán. La cultura china tradicionalmente ha considerado que tener que acudir a los tribunales era un fracaso personal y social, porque evidenciaba la incapacidad de resolver los problemas mediante acuerdos extrajudiciales. Esto me recuerda la anécdota atribuida a un diplomático americano, que en un debate sobre el enfrentamiento entre judíos y palestinos exclamó: “Ese problema tiene fácil solución. ¡Basta que todos se comporten como buenos cristianos!” Por desgracia, en el mundo real las cosas son más complejas. La filosofía postmoderna también pone en tela de juicio el sistema judicial, pero por otras razones: no cree que haya hechos objetivos que se puedan juzgar. Kenneth Gergen, un conocido sociólogo, sostiene que los juicios deberían hacerse en plano de igualdad, y ser un diálogo entre dos modos de ver el mundo, el del juez y el del acusado. Tampoco parece una solución viable.

El enfrentamiento entre políticos y jueces es antiguo. Los políticos no quieren ser juzgados, y han apelado a todos los medios para evitarlo. Los monarcas absolutos sólo podían ser juzgados por Dios. Los tiranos laicos reclamaban ser juzgados sólo por la historia. Los Parlamentos pensaron que, puesto que ellos hacían las leyes, no había ningún tribunal que pudiera encausarlos. Tocqueville, ya en 1835, advirtió que en Estados Unidos los tribunales ordinarios tenían un inmenso poder político porque todos ellos podían juzgar acerca de las mismas leyes. En Europa se eligió otro modelo. Las leyes emanaban del Parlamento que, por lo tanto, estaba por encima de los jueces. Pero había dos tipos de Parlamento, de diferente jerarquía. El Parlamento en función constituyente, y el Parlamento en función ordinaria. Fundándose en leyes dadas por el primero,-la Constitución- los jueces podían y debían juzgar a los segundos, a los Parlamentos en función ordinaria. Para hacerlo aparecieron los Tribunales Constitucionales, con la oposición de muchos políticos.(Louis Favoreu: Los tribunales constitucionales, Ariel)

Usbek, a quien no le gusta dar saltos conceptuales, le parece que la relación entre política y poder judicial solo puede definirse aclarando previamente lo que entendemos por política. ¿Qué se quiere decir al afirmar que un conflicto es político y que debe tener una solución política?

“Política” es un término tan confuso que utilizarlo sin previa definición solo sirve para marear la perdiz. Etimológicamente designa el gobierno de la polis. Aristóteles la encomienda a la búsqueda del bien común, y por eso la sitúa por encima de la ética, que es la búsqueda del bien individual. Gobernar significa usar el poder para organizar una comunidad, por lo que tiene razón Max Weber al escribir : “hacer política es tratar de influir sobre la distribución del poder entre las distintas configuraciones políticas”. Es decir, luchar por el poder por medios pacíficos. Pero atendiendo a sus últimos fines, “hacer política” es, como dice Mario Bunge, “el arte de resolver conflictos sociales” (Bunge: Filosofía política). Uniendo las dos cosas, Mark Warren, de la Georgetown University, considera que la política es la articulación de ambas cosas: el poder y el conflicto de intereses. Las leyes eran una herramienta para conseguirlo.

Usbek ha comprobado que en un sentido amplio, la política penetra todas las relaciones sociales en las que hay relaciones de poder, y que tienen razón los movimientos que afirman que “todo es política”, el sexo es política, la economía es política, la religión es política. Pero en un sentido estricto se reserva la palabra para designar lo que afecta al Estado como organización. Por eso, se distingue entre “sociedad política” (los encargados del aparato del Estado) y “sociedad civil” (el resto de la sociedad). A Usbek esta distinción tampoco le parece clara en una sociedad democrática, donde todos los ciudadanos deberían participar en la actividad política, pero dejó por el momento el tema, para no empantanarse en más confusiones.

Entendida la política como actividad de organización y gobierno de un Estado, para resolver los problemas de la convivencia ciudadana, los humanos han llegado a ver la conveniencia de separar tres poderes políticos: ejecutivo, legislativo y judicial. En una democracia, el poder central es el legislativo, al que deben plegarse el ejecutivo y el judicial. Es imposible, por ello, separar a este de la política, porque es uno de sus constituyentes. Su tarea es doble, y de aquí surgen algunos problemas. Por una parte los jueces son “administradores de la ley”, y dependen de la legislación emanada del Parlamento (lo que puede llevarle a juzgar la legalidad del comportamiento del ejecutivo), y por otra son “defensores de la justicia”, lo que les permite, por ejemplo, actuar en defensa de un tipo de derechos que están por encima de las leyes positivas nacionales, como son los recogidos en las convenciones de derechos humanos. Por eso, la apelación a los jueces incluso contra los Estados es viable, cosa que a Usbek le pareció una gran iniciativa, porque protege al ciudadano.

Esto le hace pensar que el sistema judicial tiene una función garantista de los derechos, y que “desjudicializar” la política puede rebajar las garantías jurídicas del ciudadano y por lo tanto desprotegerlo. Precisamente para aumentar las garantías, en un mundo cada vez más complejo y conflictivo, también el sistema jurídico internacional se está judicializando, con la aparición de numerosos tribunales internacionales.(Georgieva, V.P. “La “Judicialización”: una nueva característica del sistema jurídico internacional”).

Usbek, sin embargo, descubre que todo órgano biológico o social puede tener sus propias patologías, y que la facilidad para que el ciudadano pueda defender sus intereses en los tribunales, que es una bendición, ha dado origen a un tipo de enfermo social, el “querulante”, empeñado en llevar a los tribunales cualquier problema. También, por supuesto, la política puede padecer esta enfermedad.

Usbek ha descubierto que todo lo dicho afecta a la “política” como sistema de organizar el poder para resolver conflictos, y que hay otro significado de la palabra “política” que designa un modo práctico de resolver conflictos, sin entrar en los procedimientos legales, que son forzosamente coactivos. Ser “muy político” es ser hábil, astuto, eludir el enfrentamiento y la violencia. Hay, en efecto, procedimientos amistosos de resolver conflictos de intereses: la negociación, la mediación, el arbitraje. Si un inquilino no me paga, puedo intentar convencerle, amenazarle, darle un plazo para pagar, antes de iniciar un desahucio. Hay muchas razones que aconsejan que en muchos casos se intenten soluciones que no pasen por los tribunales. Por ejemplo, en algunas legislaciones antes de un juicio de divorcio los implicados deben asistir a una sesión de mediación. Los sistemas jurídicos, sin embargo, han fijado los límites de las negociaciones y acuerdos entre particulares. Desde muy pronto, se prohibió que ante crímenes graves los particulares pudieran llegar a acuerdos privados, sin presentar denuncias ante los tribunales. El Estado considera que esos crímenes afectan a toda la sociedad y que debe perseguirlos de oficio.

Tras este análisis -somero a pesar de su longitud- Usbek ha llegado a la conclusión de que la expresión “desjudicializar la política” es absolutamente equívoca si no se aclara.  Por ejemplo, su aplicación al conflicto catalán sólo es aceptable si lo que se quiere decir es que la ley se va aplicar sin necesidad de llegar a los tribunales. “Por las buenas”. En cambio, si lo que se afirma es que se va a eludir la ley, mediante la negociación, es inaceptable por ilegal. La mejor manera de no judicializar el tema es que los legisladores legislen bien, y que los políticos respeten las leyes.

 

¿Te ha resultado útil este artículo?
0 out Of 5 Stars
5 Estrellas 0%
4 Estrellas 0%
3 Estrellas 0%
2 Estrellas 0%
1 Estrellas 0%
5
¿Cómo podemos mejorar este artículo?
Please submit the reason for your vote so that we can improve the article.

Únete 3 Comments

  • Paloma835 dice:

    Gracias por la lección, profesor. Sólo una pregunta. La sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña de 2006, aprobado por los Parlamentos catalán y español, y aprobado en referéndum en Cataluña, en el que declara inconstitucional el Estatuto, ¿es judicialización de la política o politización de la justicia?.
    La sentencia del Tribunal Supremo de Canadá, sobre el conflicto de Quebec, es un buen ejemplo de cómo la imparcialidad de la institución de la justicia sirve para que la sociedad política y civil disponga de base jurídica sobre la que encontrar soluciones políticas democráticas desde el respeto a ley. En el caso de la sentencia del Constitucional que declaró inconstitucional el Estatuto, se echó más leña al fuego.
    El Estatuto de 2006 y la sentencia de inconstitucionalidad marcan el comienzo de la serie de agravios que han llevado al callejón sin salida del conflicto catalán. ¿No sería mejor desandar lo andado y volver a empezar?, ahora, la ventaja es que hay experiencia y hemos comprendido.

  • Alberto Valdivielso dice:

    Muy oportuno – y pedagógico – el «post» Sr. Marina.

    En general, quienes hablan de «judicializar la política» suelen también hablar de «presos políticos», «conflicto político», etc …

    Si les damos la vuelta, estos términos se convierten en «politizar la justicia», «políticos presos», «político conflict-iv-o», etc … con un significado bien distinto.

    El orden de los factores, SÍ altera el producto, y mucho, en este caso.

  • jose antonio marina dice:

    Su comentario es muy pertinente, porque permite aclarar los conceptos. En España, donde los jueces no crean ley, como ocurre en los regímenes de la common law, hay que pedir a los jueces que apliquen justamente la ley. Si consideran que la ley no es justa, tienen procedimientos para intentar impugnarla. El poder legislativo es el responsable de la justeza de las leyes. Si las leyes son injustas o técnicamente malas o ambiguas, los jueces se verán arrastrados por su imperfección, pero tendrán que aplicarlas. La sentencia sobre el Estatuto expandió el movimiento independentista, pero ¿fue motivado por una mala sentencia?¿Por una mala ley?¿por un mal estatuto?
    Creo que vamos a una revisión del estatuto y espero que todos hayamos aprendido de la experiencia. Orwell hizo una observación muy interesante sobre política: «El problema de la gobernación consiste en que el político haga compatible su convicción de infalibilidad, con la capacidad de aprender de los errores pasados».

Deja tu comentario

Categorías
Tabla de contenidos